Justo hoy hace un año entraba en vigor del Reglamento General de Protección de Datos, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de esos datos.
Se trata de una normativa que se aplica en el conjunto de los estados miembros de la Unión Europea. Por esta razón, cualquier empresa de la unión, o aquellas empresas que tengan negocios en la Unión Europea y que manejen información personal de cualquier índole, están obligados a acogerse a la misma.
¿Recuerdas la gran cantidad de newsletter que recibimos los días previos a la entrada en vigor de la nueva ley, el pasado 25 de mayo de 2018?
La gran mayoría de las empresas tuvieron que correr para informar a todos sus clientes y bases de datos de que era necesario el consentimiento explícito para poder seguir guardando sus datos de forma legal.
Y bien, ¿qué ha pasado en los últimos doce meses? ¿Cómo se han adaptado las empresas? En términos generales, ¿podemos decir que hemos recibido menos correos no deseados?
Aumentan las reclamaciones
Según el informe que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado este mes de mayo, su Memoria 2018, las reclamaciones que recibió la Agencia crecieron un 32,8%, pasando de 0.651 en 2017 a 14.146 el año anterior.
En relación con la temática de las reclamaciones, las mas destacadas fueron:
- inserción indebida en archivos de morosidad (16%).
- videovigilancia (11%)
- servicios de Internet (10%)
- reclamación de deudas (10%)
- administración pública (7%)
- sanidad (7%)
- publicidad, excepto spam (5%)
- comercio, transporte y hostelería (5%)
- entidades financieras y acreedoras (4%)
- publicidad a través de e-mail o teléfono móvil (4%)
Si se presentaron 14.146 reclamaciones en 2018, se resolvieron con respuesta satisfactoria 863 durante 2018 y 2.079 hasta el 15 de mayo de 2019.
Aunque parezca que la resolución de incidencias es baja, lo cierto es que este sistema, contemplado en la RGPD para promover la resolución amistosa de las reclamaciones que se envían al responsable del fichero, ha generado que dos de cada tres reclamaciones que se envían se resuelvan a favor de los particulares.
Anteriormente, además, las reclamaciones admitidas en la AEPD se resolvían en unos 200 días, mientras que según el modelo actual solamente son necesarios unos 100 días de media.
966 notificaciones de brechas de seguridad
Es el dato del primer año de aplicación del Reglamento (del 25 de mayo de 2018 al 15 de mayo de 2019).
En el 72% de los casos se ha informado que la brecha de seguridad ha consistido en que se ha comprometido la confidencialidad de los datos personales. En otro 36% se indica que se ha comprometido la disponibilidad.
Como conclusión a las brechas de seguridad cabe destacar que más del 53% de las notificaciones tiene como origen un contexto externo o intencionado, siendo el 44% de ellas a consecuencia de ciberincidentes mediante algún tipo de técnicas de hacking, malwareo mediante pishing.
Y a ti, ¿cómo te ha afectado la aplicación del RGPD? ¿Has recibido menos correos no deseados? Si necesitas actualizar tu política de protección de datos, o por algún motivo consideras que no cumples los requisitos que exige el RGPD, desde Goalplan podemos acompañarte para que tus datos y los datos de tus clientes descansen en buenas manos.